domingo, 25 de julio de 2010

Reforma rechazada y comunas

Por :Gerardo Blyde
Sábado, 24 de julio de 2010
Varias veces se ha señalado que mediante leyes se está pretendiendo imponer disposiciones que el pueblo ya había rechazado
He aquí algunos ejemplos de cómo se legisla en contra de la decisión del pueblo
Varias veces se ha señalado que mediante leyes se está pretendiendo imponer disposiciones que el pueblo ya había rechazado cuando no aprobó la reforma constitucional que propuso el presidente Chávez y que complementó la Asamblea Nacional.
He aquí algunos ejemplos cuya sola lectura constituye palmaria evidencia de cómo se legisla en contra de la decisión del pueblo: La Reforma rechazada decía: Art. 16.- La unidad política primaria de la organización territorial nacional será la ciudad... , integrada por áreas o extensiones geográficas denominadas comunas.
El Presidente de la República... podrá crear, mediante decreto, provincias federales, ciudades federales y distritos funcionales... ". La Ley de Comunas aprobada en primera discusión señala: "Art. 1.- La presente Ley tiene por objeto establecer las normas que regulan la constitución, conformación, organización y funcionamiento de la Comuna, como entidad local socialista ... , y la edificación del Estado Comunal". "Art. 61.- ... La ciudad comunal se constituye... cuando se conforman las comunas... ; y su forma organizativa y de funcionamiento se establecerá en el decreto de creación del Distrito Motor de Desarrollo al que pertenezca". Ya el pueblo rechazó la creación de comunas como unidades político-territoriales y rechazó la creación de distritos funcionales que aparecen con el nombre de distritos motores de desarrollo para ser la misma cosa.
La rechazada reforma constitucional decía:
Art. 136.- El pueblo es el depositario de la soberanía y la ejerce directamente a través del Poder Popular. Este no nace del sufragio ni de elección alguna, sino que nace de la condición de los grupos humanos organizados como base de la población. Art. 184.- La comunidad organizada tendrá como máxima autoridad la asamblea de ciudadanos y ciudadanas del Poder Popular... , comunas... , como la unidad política primaria del territorio. La Ley de Comunas que discute la Asamblea señala:
Art. 21.- El Parlamento Comunal es la máxima instancia del autogobierno en la Comuna que se constituye como tal, cuando las asambleas de ciudadanos y ciudadanas de las comunidades que la integran se reúnen con ese carácter en sus respectivos ámbitos territoriales. De esta manera se elimina en la constitución de las comunas el sufragio directo, secreto y universal y se consagran las asambleas como forma de selección de los dirigentes comunales, reeditando la reforma.
En el artículo 15 de la rechazada reforma se señalaba:
Art. 15.- Es de la competencia del Poder Público Nacional: La creación, ordenación y gestión de provincias federales, territorios federales y comunales, ciudades federales y comunales. La promoción, organización y registro de los consejos del Poder Popular... La Ley de Comunas restablece estas disposiciones rechazadas así:
Art. 10.- La iniciativa para la conformación de la Comuna corresponde a los ciudadanos y ciudadanas, a los consejos comunales y a las organizaciones sociales que hagan vida activa en las comunidades, quienes deberán previamente constituirse en Comisión Promotora y notificar de dicho acto y subsiguientes al órgano facilitador.
Art. 64.- El ministerio con competencia en materia de comunas, dictará los lineamientos estratégicos para la constitución de las comunas...
Art. 65.- El órgano facilitador en materia de comunas, tendrá las siguientes atribuciones: 2. Llevar el registro de las comunas y emitir el certificado de registro correspondiente.
Ya se habían planteado las comunas como unidades bases del ordenamiento político-territorial del país. Se había querido establecer que no serían designadas por el voto popular de manera directa sino mediante el voto asambleario. Se trataron de establecer Distritos Motores cuya máxima autoridad designaría el Presidente y no sería elegida por el pueblo (para colocar autoridades nombradas a dedo por encima de los gobernadores electos).
Se trató de centralizar el control completo sobre las comunas sujetándolas al Gobierno Nacional desde su conformación, registro y funcionamiento.
Se pretendió juntar diversas comunas contiguas para la creación de ciudades comunales que a su vez también estuvieran sujetas y controladas por el Gobierno Nacional. En aquella reforma también se señaló que toda esta nueva organización se proponía para supuestamente darle más poder al pueblo. El pueblo le dijo NO a esa propuesta de reforma.
En la Ley de Comunas no sólo se reedita lo mismo sino que, sin preguntarle al pueblo, se avanza aún más creándoselas para cumplir el fin socialista que tampoco está en la Constitución y que constituye una exclusión y discriminación evidentes. Juzgue usted si su voluntad rechazando la reforma está o no siendo burlada.
gblyde@gmail.com
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BOVES999 Hace 17 horas
EL FUTURO SOCIALISTA NO SE DETIENE MEDIATICAMENTE, EL SER SOCIAL Y EN SU MAYORIA POBRE, DESATENDIDO,BANALIZADO Y RECONVENIDO EN FRACASADO ETERNO YA DESPERTO...DESPERTO Y NO SE REGRESARA A LA "POBRECIA" DE LOS ADECOS Y COPEYANOS..SE ETERNIZA Y SE CONSOLIDA COMO INTEGRADORES DE UNA SOCIEDAD QUE A PASOS , TROMPICONES , TROPIEZOS Y MUCHAS CAIDAS QUE LE INFLINJEN LAS QUINTACOLUMNAS ENQUISTADAS QUE DAÑO INMENSO LE HACEN A NUESTRA REVOLUCION...LA HISTORIA SE REPITE Y PARA NUESTRO BIEN SE REPITE CON GRAN CLARIVIDENCIA DE HISTORIA COMPARADA...NO VOLVERAN!!!

Ariaspedro Hace 22 horas
El pueblo se ha de levantar como un solo hombre a la calle para erradicar de una vez por todas a este tirano que pretende violentar la voluntad del pueblo. El pueblo se pronuncio ya en esta materia y por ningún método truculento va a claudicar en este propósito. El apátrida que responde a los intereses de los cubanos habrá de entender por la voluntad y fuerza del pueblo que no nos tragaremos esta creación de comunas donde el pueblo es pisoteado e ignorado y el tirano domine a su antojo al pueblo como sus peones.

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